Interior de la bancada de una máquina CNC durante el desmontaje

SITUACIONES

Concurso de acreedores: liquidación de maquinaria industrial.

Tasación gratuita. Primera valoración sin compromiso, normalmente en 24 horas en días laborables. Compra directa sin financiación externa, pago antes de la retirada. Un servicio de MBR — desde 2020, 15+ países.

En un proceso de insolvencia o concurso de acreedores, la maquinaria industrial es frecuentemente el activo más valioso de la masa. La velocidad de liquidación, la certeza del precio y la calidad de la documentación son críticas. Valoramos y compramos maquinaria en procesos concursales: informe de valoración con rapidez y compra directa (asset deal), con documentación completa para el expediente judicial.

Valoración urgente con rapidez

Primera estimación y, una vez recibida toda la información, la valoración y la oferta. El informe de valoración de mercado de la maquinaria incluye:

  • Inventario detallado de cada activo con fotografías y descripción técnica.
  • Valoración de mercado basada en transacciones comparables en el mercado europeo de maquinaria usada.
  • Rango de valor de mercado con su justificación (valoración individual o por lote).
  • Comparativa documentada entre precio de venta directa y precio esperado de subasta, con los costes y riesgos de cada opción.

Nuestro informe no es una tasación pericial oficial: para que lo sea ante el juzgado, debe ser firmado por un perito judicial colegiado, que recomendamos incorporar si el procedimiento lo exige.

Oferta de compra directa

Una vez revisado el informe, presentamos una oferta de compra por la totalidad de los activos o por lotes específicos definidos con el administrador concursal. La oferta:

  • Incluye el desglose por activo o lote, para facilitar la valoración individual por parte del juzgado.
  • Especifica el plazo de pago y las condiciones exactas.
  • Indica su vigencia, acorde con los plazos del proceso judicial.

Documentación para el expediente judicial

Reunimos toda la documentación necesaria para el expediente judicial del concurso:

  • Informe de valoración de mercado con metodología explícita.
  • Contrato de compraventa firmado con todas las condiciones.
  • Facturas de compraventa para cada activo o lote.
  • Certificados de tratamiento de residuos peligrosos, emitidos por el gestor autorizado a nombre de la concursada, cuya contratación coordinamos (cuando aplica).
  • Documentación de transporte (CMR, albaranes de entrega).

Coordinación discreta con la administración concursal

La retirada de maquinaria durante un proceso concursal requiere coordinación precisa. Organizamos el desmontaje y el transporte con el mínimo impacto posible en las operaciones en curso (si las hubiera), con total discreción respecto a terceros y respetando estrictamente los plazos y condiciones autorizados judicialmente.

Para mandatos de mayor envergadura — concursos multi-planta, recuperación de activos para fondos de capital riesgo, programas de remarketing con bancos y entidades de leasing — la marca MBR Machinery / High-Value Recovery reúne las prestaciones equivalentes a nivel corporativo, con su propia interlocución para administradores concursales y asesores.

Los canales disponibles en un proceso concursal

Según la naturaleza de los activos, el volumen y los plazos judiciales, proponemos el canal que maximiza el neto para la masa activa.

Compra directa (asset deal)

En la compra directa, para activos con valor de mercado conocido y compradores activos: oferta una vez recibida toda la información, proceso completo normalmente en 7-15 días laborables, pago antes de la retirada, documentación completa para el expediente. Es un canal adecuado cuando el administrador concursal necesita resolución ágil y precio documentado.

Venta a través de nuestra red de compradores

En la compra directa compramos normalmente por cuenta propia. Para activos de alto valor con un mercado muy específico, también vendemos a través de nuestra red de compradores, presentando el activo de forma confidencial a compradores cualificados; comisión indicada de antemano. El precio acordado se documenta para el juzgado.

Subasta

Para máquinas más antiguas o muy usadas, una subasta online suele ser la mejor vía. Si quieres, vendemos tu máquina nosotros mismos en una subasta: precio mínimo acordado contigo, comisión indicada de antemano, pago en un plazo de 5 días laborables desde el cobro de la subasta. Para un volumen grande y heterogéneo de activos, una vía es la compra directa del inventario completo en una sola operación, con documentación completa para el expediente judicial.

ConceptoSubasta públicaCompra directa
Plazo hasta cobro4-8 semanas7-15 días laborables
PrecioDesconocido hasta el cierre de la subastaSe conoce antes de la retirada
ComisiónSegún el proveedor, un porcentaje del producto para la casa de subastasSin comisión para la masa en la compra directa
Documentación para el juzgadoActas de subastaInforme de valoración + factura
ConfidencialidadListado públicoCompleta
Riesgo de que no haya pujasPresente: la máquina puede quedar sin venderNinguno

¿Qué pasa con la maquinaria en un concurso de acreedores?

Desde el punto de vista práctico, la maquinaria industrial en un concurso tiene distintas situaciones jurídicas que afectan a la posibilidad de venta:

Maquinaria de propiedad plena del concursado: forma parte de la masa activa y puede venderse con autorización judicial. Es el caso más habitual y el más sencillo de gestionar.

Maquinaria en leasing: no forma parte de la masa activa porque es propiedad de la entidad financiera. El administrador concursal tiene opciones de rehabilitación, continuación o resolución del contrato según los artículos 154-162 de la Ley Concursal. Dependiendo de la decisión, puede o no venderse.

Maquinaria con reserva de dominio: si hay cláusulas de reserva de dominio no documentadas o no inscritas en el Registro de Bienes Muebles, la situación es más compleja. El asesor legal del concurso debe revisar cada caso.

Maquinaria con hipoteca mobiliaria inscrita: el acreedor con hipoteca mobiliaria tiene privilegio especial sobre ese bien. La venta requiere el consentimiento del acreedor hipotecario o la extinción de la hipoteca con el producto de la venta.

Orientamos al administrador concursal sobre las implicaciones prácticas de cada situación, pero la decisión jurídica corresponde siempre al administrador y al juzgado.

Proceso, de la primera consulta al pago

Primera consulta y cita: nos cuentas la situación (procedimiento en curso, lista de máquinas si existe, plazos). Confirmamos una cita para la visita.

Visita e inventario: nuestro equipo inventaría todos los activos, documenta el estado con fotografías y revisa el control. Si hace falta, las máquinas pueden ponerse brevemente en marcha para comprobarlas.

Informe de valoración y oferta: el informe llega por escrito al administrador concursal y, al mismo tiempo, nuestra oferta de compra. En la compra directa, sin comisión.

Acuerdo, pago y retirada: tras aceptar la oferta, coordinamos la fecha de retirada y la forma de pago. Compra directa, pago antes de la retirada: las máquinas no salen de las instalaciones hasta que el importe esté transferido o confirmado.

Tipos de maquinaria habituales en procesos concursales

Proveedores de automoción: líneas de fabricación flexible con centros de mecanizado horizontales, tornos multihusillo, equipos de montaje.

Utillaje y moldes: centros de mecanizado de 5 ejes de alta precisión, máquinas de electroerosión por hilo, rectificadoras de precisión.

Talleres de mecanizado: conjuntos de tornos, fresadoras CNC de distintas generaciones, equipamiento de sala de metrología.

Transformación de plásticos: inyectoras, líneas de extrusión y equipos periféricos. El criterio de valoración difiere del de las máquinas CNC clásicas (ver compra de inyectoras de plástico).

Documentación específica para el concurso

La documentación que necesitamos para iniciar la valoración en un proceso concursal es:

  • Auto de declaración de concurso y nombramiento del administrador concursal.
  • Inventario de la masa activa elaborado por el administrador (si existe), o acceso a la nave para elaborarlo nosotros.
  • Autorización del administrador concursal para la visita de valoración.
  • Información sobre cargas sobre activos específicos (leasing, hipotecas mobiliarias, reservas de dominio).

Para la formalización de la compraventa necesitaremos adicionalmente la autorización judicial correspondiente y los datos formales del expediente concursal.

Casos frecuentes que gestionamos en concursos

Empresa manufacturera en fase de liquidación: el plan de liquidación aprobado judicialmente incluye la venta de los activos productivos. Compramos el parque de maquinaria completo en una única operación, maximizando el valor para los acreedores y simplificando la gestión para el administrador.

Venta de unidad productiva en funcionamiento: en algunos concursos, el objetivo es vender la empresa como unidad en funcionamiento. Si la venta de la unidad no prospera, la venta separada de los activos es la alternativa. Intervenimos en esta segunda fase con valoración rápida y oferta.

Concurso de un distribuidor o representante con stock de maquinaria: la maquinaria en stock o en consignación tiene consideraciones jurídicas específicas (propiedad del fabricante, contratos de distribución). Valoramos y compramos la parte que forma parte legal de la masa activa.

Liquidación urgente para pago de créditos contra la masa: los créditos contra la masa (salarios de los últimos 30 días, costes del concurso) tienen preferencia de pago y a veces requieren liquidar activos con urgencia. Estamos preparados para acelerar el proceso en estos casos.

Ventajas de la venta directa especializada en un proceso concursal

El administrador concursal tiene la obligación de maximizar el valor de la masa para los acreedores. En maquinaria industrial estándar, la venta directa a un comprador especializado suele ser una vía al menos igual de buena que la liquidación convencional, por estas razones:

Neto comparable o superior: en maquinaria estándar, el neto de la compra directa, sin comisión ni costes de espera, rara vez queda por debajo de lo que se obtendría en una venta pública, y no depende de que haya pujas.

Precio conocido: la liquidación convencional puede no alcanzar el precio esperado. La compra directa parte de una oferta con precio claro, lo que facilita la planificación del administrador.

Menor coste del concurso: cada mes adicional de concurso tiene costes operativos (honorarios del administrador, suministros de la nave, seguros). La resolución rápida de los activos reduce estos costes.

Documentación completa: el expediente judicial requiere documentación específica que en un proceso de liquidación no especializado no siempre se proporciona de forma adecuada.

“Trabajar con un comprador especializado en maquinaria industrial no es solo una cuestión de precio —aunque el precio neto suele ser mejor. Es también una cuestión de certeza, velocidad y calidad de la documentación. En un proceso concursal, la incertidumbre tiene costes reales que muchas veces superan la diferencia de precio.” — Marcel Brockmann, CEO y co-fundador de compramostucnc.es

Para el contexto más amplio de liquidación de activos industriales, ver también nuestra página de cierre de empresa y de vaciado de nave industrial. Para entender nuestro proceso general de compra, visita cómo funciona.

Fuera del proceso concursal, la guía general de venta: vender maquinaria industrial usada.

Contacta con nuestro equipo para procesos concursales. Informe de valoración con rapidez, total discreción y coordinación directa con la administración concursal.

Sal de tu situación con una oferta clara.

Vaciado, concurso, leasing, traslado… Primera valoración sin compromiso. En la compra directa, sin comisión.

Solicitar tasación gratuita

Preguntas frecuentes

1. ¿Es legal vender maquinaria directamente durante un concurso de acreedores sin ir a subasta?

Sí, es completamente legal. El artículo 213 de la Ley Concursal (Texto Refundido RDL 1/2020) permite la venta directa de bienes de la masa activa con autorización judicial cuando el administrador concursal puede acreditar que el precio obtenido es igual o superior al que se obtendría en subasta pública, considerando plazos y costes. Es el denominado asset deal, frecuente en concursos con maquinaria industrial.

2. ¿Con qué rapidez se puede liquidar maquinaria industrial en un concurso?

Una compra directa (asset deal) puede cerrarse normalmente en 7-15 días laborables desde el primer contacto: visita, valoración de mercado, oferta, acuerdo, pago y retirada. En un concurso hay que sumar la autorización judicial cuando sea necesaria, y su plazo depende del procedimiento. En la compra directa, el pago se realiza antes de la retirada. Una subasta pública suele necesitar de 4 a 8 semanas desde el anuncio hasta la entrega y, tras deducir la comisión de la casa de subastas, el neto suele ser inferior al de un comprador directo.

3. ¿Vuestro informe de valoración es válido como prueba documental en el concurso?

Nuestro informe es una valoración de mercado elaborada por especialistas en el mercado secundario de maquinaria. No es una tasación pericial oficial: para una tasación formal ante el juzgado recomendamos además un perito judicial colegiado (ingeniero industrial o similar), si el procedimiento lo exige.

4. ¿Qué documentación entregáis para el expediente judicial del concurso?

Aportamos al expediente: informe de valoración de mercado con metodología detallada, nuestra oferta de compra, contrato de compraventa con todas las condiciones, facturas de compraventa por activo o lote y documentos de transporte (CMR, albaranes de entrega). Cuando hay residuos peligrosos, coordinamos la contratación de un gestor autorizado; los certificados de tratamiento los emite ese gestor directamente a nombre de la concursada, no nosotros.

5. ¿Compráis máquinas sujetas a reserva de dominio?

No: las máquinas sujetas a una reserva de dominio válida no forman parte de la masa activa y el administrador concursal no puede venderlas. Nuestra compra se refiere a bienes que pertenecen claramente a la masa. En caso de duda, lo aclaramos de antemano junto con tu asesor legal.

6. ¿Estáis acostumbrados a trabajar con administradores concursales?

Nuestro proceso está orientado a los requisitos de los procedimientos concursales: conocemos los requisitos formales, las obligaciones de documentación y los plazos que exige un procedimiento ordenado, y adaptamos la visita, el informe de valoración y la oferta a ellos. Operamos en toda España y trabajamos bajo la supervisión del administrador concursal.

7. ¿Puede una subasta aportar más neto que una compra directa?

Es la excepción. En máquinas muy raras o muy especializadas con muchos postores interesados, una subasta puede superar el precio de una compra directa. En máquina-herramienta estándar, el neto tras la comisión de la subasta y la espera rara vez supera nuestra oferta directa en la práctica, y además la subasta conlleva un riesgo de precio que la venta directa no tiene.

8. ¿Cómo se justifica ante el juzgado que la venta directa es mejor que una subasta?

Con argumentos documentados: el precio neto (frente a la comisión de una casa de subastas y los costes de espera), un plazo de cobro más corto (que reduce los costes operativos del concurso) y un precio conocido desde la oferta. Podemos aportar documentación comparativa para el expediente judicial.

9. ¿Están incluidos el desmontaje y el transporte en la oferta?

Organizamos el desmontaje, la carga y el transporte; si los costes están incluidos en la oferta o se indican por separado, lo verás en la oferta desde el principio. Para instalaciones complejas (líneas de mecanizado, maquinaria pesada) coordinamos riggers especializados y transporte especial.

10. ¿Qué pasa con las máquinas que ya no tienen valor de mercado?

Para los activos sin posibilidad de reventa contratamos, si lo deseas, un gestor de residuos autorizado. La gestión del residuo la realiza ese gestor, que emite directamente al administrador concursal la documentación exigida y los certificados de tratamiento para el expediente. Los fluidos de las máquinas, como el aceite hidráulico y el refrigerante de corte, los vaciamos durante el desmontaje; los retira y los trata el gestor. A efectos legales, el titular sigue siendo el productor del residuo.

11. ¿Es posible colaborar mientras la empresa sigue en funcionamiento durante el concurso?

Sí: la maquinaria que sigue en producción hasta la liquidación (por ejemplo, con la empresa en funcionamiento durante el procedimiento) puede valorarse y acordarse por contrato antes de que empiece la retirada física. Adaptamos el calendario a la fase del procedimiento.

12. ¿Se cobra algún recargo o comisión por trabajar con procesos concursales?

En la compra directa, nuestra oferta es el precio neto para el vendedor, sin recargo ni comisión, también en un procedimiento concursal. La visita y el informe de valoración son gratuitos y sin compromiso, tanto si después se concreta una compra como si no. Normalmente compramos por cuenta propia. En la venta a través de nuestra red de compradores: comisión indicada de antemano; el pago te llega antes de la retirada.

13. ¿Podéis valorar la maquinaria si la empresa ya no está en funcionamiento y las máquinas llevan meses paradas?

Sí, para el informe y la negociación con el juzgado: valoramos activos en producción, parados, con averías conocidas o no. Si no arrancan en la visita, usamos comparables e inspección visual; el informe recoge estado e hipótesis. La compra directa de piezas sueltas sigue nuestros criterios de mercado secundario (salida y calidad).

14. ¿La compra de maquinaria en un concurso puede ser rescindida posteriormente?

Las acciones de reintegración de la Ley Concursal (art. 226 y siguientes) permiten rescindir actos perjudiciales para la masa activa realizados en los dos años anteriores a la declaración de concurso. Las ventas realizadas durante el concurso con autorización judicial y a precio de mercado justificado están protegidas de esa acción. Nuestro proceso está pensado para reunir la documentación necesaria para esa protección.

15. ¿Podéis comprar solo parte de la maquinaria o debéis comprar todo?

Compramos tanto lotes completos como activos individuales. En un concurso, es habitual que el administrador quiera vender primero los activos de mayor valor para satisfacer acreedores prioritarios, y gestionar el resto posteriormente. Nos adaptamos a esa estructura y podemos hacer ofertas por lotes específicos o por la totalidad de la masa activa.

16. ¿Qué pasa con la maquinaria en leasing dentro de un concurso?

La maquinaria en leasing no forma parte de la masa activa del concursado porque es propiedad de la entidad financiera. El administrador concursal debe tratar estos contratos según los artículos 154-162 de la Ley Concursal (rehabilitación, resolución o continuación). Podemos orientarte sobre las opciones prácticas, pero la decisión jurídica corresponde al administrador y al juzgado.

17. ¿Pueden las entidades de leasing vender máquinas directamente?

Sí. Si una entidad de leasing ha recuperado el control de un equipo en el marco de un concurso o de la resolución de un contrato, podemos comprarle directamente, con independencia del administrador concursal del arrendatario.

18. ¿Se valoran de forma distinta las inyectoras de plástico en un concurso que las máquinas CNC clásicas?

Sí. En las inyectoras, la fuerza de cierre, la generación del control y el número de disparos son los parámetros que determinan el valor, no las horas de husillo ni el almacén de herramientas como en una máquina CNC. Para el informe de valoración recogemos estos datos además de los habituales. Más información en compra de inyectoras de plástico.

Solicitud recibida

Gracias — hemos recibido tu solicitud.

Te enviamos una primera valoración sin compromiso, normalmente en 24 horas en días laborables.

¿Es urgente? Llámanos directamente:

Parte del Grupo MBR